Prestación en 200 euros el que aporta la IBDONA mediante su colaboración.
El Govern destina cerca de "300.000 euros" a las ayudas para el alquiler de vivienda para las mujeres víctimas de violencia de género/Covid
Además, el artículo 3.2 de la Ley 5/2018 de Vivienda de las Illes Balears establece que las mujeres víctimas de violencia machista serán consideradas personas en situación de especial vulnerabilidad en materia de vivienda.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 06/07/2020 - 17:44:55
Se trata de una subvención de hasta 6 meses (de abril a septiembre) para alquileres de hasta 900 euros. En general, el importe total que se subvenciona es de hasta 600 euros, pero en el caso de las mujeres víctimas de violencia.

COVID-19: El IBDDONA destina cerca de 300.000 euros a las ayudas para el alquiler de vivienda para las mujeres víctimas de violencia de género durante la Covid-19. Se puede acceder a una ayuda de hasta 800 euros mensuales durante un máximo de 6 meses.

El Institut Balear de la Dona aporta 296.804 euros a la nueva convocatoria de ayudas para el alquiler de la vivienda habitual específicas Covid-19 que ha creado la Conselleria de Vivienda y Movilidad para ayudar las personas arrendatarias que, como consecuencia del impacto de la pandèmia, tienen problemas transitorios para pagar el alquiler.

Alquiler más los gastos que soporte la familia relacionadas con la vivienda (comunidad, electricidad, agua, gas, internet, etc.) igualen o superen el 35% de los ingresos limpios mensuales de la familia, o no tener relación de parentesco.

Se trata de una subvención de hasta 6 meses (de abril a septiembre) para alquileres de hasta 900 euros. En general, el importe total que se subvenciona es de hasta 600 euros, pero en el caso de las mujeres víctimas de violencia de género este importe sube hasta los 800 euros. Es este incremento de la prestación en 200 euros el que aporta la IBDONA mediante su colaboración. Por lo tanto, una mujer víctima de violencia de género podrá recibir un máximo de 4.800 euros de ayuda.

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas que tengan un contrato de alquiler y que puedan acreditar su situación de vulnerabilidad económica y social. En el caso de las mujeres víctimas de violencia de género, tendrán que haber sido víctimas durante el estado de alarma, situación que se acreditará mediante el correspondiente certificado que emite el IBDONA.

Además, se tienen que cumplir otros requisitos como que los ingresos del total de la familia durante el mes de junio no superen los límites marcados por la convocatoria, que el alquiler más los gastos que soporte la familia relacionadas con la vivienda (comunidad, electricidad, agua, gas, internet, etc.) igualen o superen el 35% de los ingresos limpios mensuales de la familia, o no tener relación de parentesco ni empresarial con el propietario de la vivienda, entre otros. Las solicitudes se pueden presentar a partir de hoy 6 de julio por la vía telemática a través de la web habitatge.caib.es. Sólo se admitirá una solicitud por vivienda.

Con estas ayudas, el Govern considera a las víctimas de violencia de género sector preferente en el acceso a vivienda, tal como establece la legislación reciente aprobada en las Illes Balears. El artículo 74 de la Ley 11/2016 de Igualdad entre mujeres y hombres de las Illes Balears indica que "las mujeres víctimas de violencia de género tienen que ser consideradas sector preferente en el acceso a viviendas de protección oficial de promoción pública".

Además, el artículo 3.2 de la Ley 5/2018 de Vivienda de las Illes Balears establece que las mujeres víctimas de violencia machista serán consideradas personas en situación de especial vulnerabilidad en materia de vivienda.

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