ORDENAR la publicación de esta resolución y su anexo en el tablón
Aprobar la lista definitiva del proceso selectivo de estabilización Gerente cementerio del subgrupo C2, del Ayuntamiento de Manacor, y un Oficial/a obras y servicios del subgrupo C2
INFORMAR a los ayuntamientos que la adjudicación y adscripción definitiva de los puestos de trabajo a las personas aspirantes queda condicionada a la acreditación de estar en posesión
AGENCIA MANACORNOTICIAS 14/09/2024 - 11:38:26
APROBAR la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal funcionario

Resolución. APROBAR la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal funcionario de la escala de administración especial, categoría Celador/a de obras del subgrupo C2, del Ayuntamiento de Algaida, categoría Gerente cementerio del subgrupo C2, del Ayuntamiento de Manacor y categoría Oficial/a obras y servicios del subgrupo C2, del Ayuntamiento de Manacor, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento con indicación de la asignación de los puestos de trabajo correspondientes.

INFORMAR a los ayuntamientos que la adjudicación y adscripción definitiva de los puestos de trabajo a las personas aspirantes queda condicionada a la acreditación de estar en posesión de todos los requisitos específicos para la adscripción al puesto de trabajo, que deberá ser requerida, en su caso, por cada ayuntamiento. Además, de acuerdo con lo establecido en el punto 9.3 de las bases específicas de la convocatoria, los puestos de jefaturas orgánicas y puestos singularizados deben adjudicarse en adscripción provisional.

Además, de acuerdo con lo establecido en el punto 9.3 de las bases específicas de la convocatoria, los puestos de jefaturas orgánicas y puestos singularizados deben adjudicarse en adscripción provisional.

ORDENAR la publicación de esta resolución y su anexo en el tablón de edictos y en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.. Contra esta Resolución puede interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que prevén los artículos 66.2 y 18 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el artículo 34 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por Acuerdo del Pleno de 12 de abril de 2018, y los artículos 12 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de altura.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la presunta desestimación.

No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

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