Plis. Educación, por favor
PLIS advierte del engaño del PSIB al declarar el castellano como vehicular y dejarlo luego sin efecto
El Parlament vota hoy una enmienda transaccional, que supone, en la práctica, continuar con la inmersión en catalán y arrinconar el castellano.

pliseducacion 13/01/2022 - 12:53:37 | ![]() ![]() |
PLIS advierte del engaño del PSIB al declarar el castellano como vehicular y dejarlo luego sin efecto
El Parlament vota hoy una enmienda transaccional, que supone, en la práctica, continuar con la inmersión en catalán y arrinconar el castellano.
La asociación de profesores denuncia el enésimo engaño del PSIB que habría llegado a un acuerdo en ponencia con Més per Menorca, para votar hoy en el por el que se reconoce al castellano como lengua vehicular pero al mismo tiempo se deja en manos del proyecto lingüístico de centro el impartir o no alguna materia troncal en castellano.
Los directores de centros escolares seguirán siendo los responsables ante los tribunales por incumplir el ordenamiento jurídico que obliga a impartir en castellano un mínimo del 25 por ciento.
La asociación de profesores PLIS.Educación, por favor, a raíz de las últimas noticias que hemos conocido sobre la ponencia parlamentaria en la que se debate estos días la ley de educación balear, quiere denunciar el enésimo engaño del PSIB a los ciudadanos y a una gran parte de sus votantes al declarar vehicular el castellano en la nueva ley educativa y al mismo tiempo dejar sin efecto esta vehicularidad. En efecto, declarando el español como lengua vehicular sortearía el mandato del Tribunal Constitucional que así lo viene exigiendo pero al mismo tiempo dejaría en manos del Proyecto Lingüístico de Centro, propuesto por el director del centro y aprobado por el Consejo Escolar, si se imparte o no alguna materia troncal (o análoga) en castellano, incumpliendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Se da la circunstancia de que la nueva ley educativa podría omitir la jurisprudencia del Supremo pero al mismo tiempo ser declarada constitucional puesto que los proyectos lingüísticos de centro contemplarían, al menos en teoría, el castellano como lengua vehicular, aunque, a la hora de verdad, podría traducirse en no impartir ninguna clase en castellano más allá de la asignatura de lengua y literatura castellana. La vehicularidad del castellano se convertiría así en un flatus vocis.
PLIS denuncia un acuerdo en ponencia al que habrían llegado Més per Menorca y el PSIB (https://www.mespermenorca.cat/ca/noticias/1994/?s=08)
mediante el cual todo quedaría exactamente igual que ahora. El único cambio sería puramente retórico: los proyectos lingüísticos de centro incluirían a partir de ahora el castellano como vehicular pero serían otros aspectos -exactamente igual que ahora- como la situación sociolingüística del entorno del centro educativo o la mayor o menor capacidad de los alumnos a expresarse en castellano los factores que finalmente configurarían el contenido de los proyectos lingüísticos de cada centro. Así, por ejemplo, un estudiante de lengua materna castellana o con un dominio superior del castellano, al no dominar el catalán en la misma medida, se vería obligado a sufrir como hasta ahora un sistema de inmersión en catalán. Para nada se le garantizaría el mínimo del 25% de horas lectivas en castellano que ha fijado el Tribunal Supremo.
La trampa del PSIB y Més per Menorca en comandita consistiría en abstenerse de fijar algún porcentaje o mínimo de horas o materias en la ley educativa para no constreñir al director y al consejo escolar a la hora de redactar y aprobar el proyecto lingüístico de su centro.
PLIS quiere avisar de todos modos que el Tribunal Supremo ha reiterado en varias ocasiones que cada autonomía debe fijar un mínimo de horas lectivas en castellano y catalán y que, a falta de voluntad de hacerlo por parte de la autonomía balear, seguiría rigiendo el mínimo de un 25% para cualquiera de las dos lenguas cooficiales. La trampa del PSIB seguiría desoyendo nuestro ordenamiento jurídico.
Por otra parte, se hará un flaco favor a los directores de centro, al dejarles desasistidos judicialmente, pues serán los únicos objetos de pleito contencioso o penal si no cumplen con la jurisprudencia, que obliga a impartir un mínimo del 25 por ciento del horario lectivo en castellano.


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