
AGENCIA MANACORNOTICIAS 24/09/2026 - 08:59:40 | ![]() ![]() |

![]() | Someter esta aprobación al trámite de información pública por un plazo de 45 días, trámite que, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 12/2017 de Urbanismo |
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR. Aprobación inicial de la modificación puntual número 38 relativa a la inclusión de un sistema general hidráulico, un ELP y a la mejora del sistema viario en la zona de Cala Millor con generación de zona de aparcamiento. Modificación Puntual número 38 relativa a la inclusión de un sistema general hidráulico, un ELP y a la mejora del sistema viario en la zona de Cala Millor con generación de zona de aparcamiento.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebrada el día 17 de septiembre de 2026, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: PRP2026/1587. Aprobación inicial de la modificación de las NNSS núm. 38. Número expediente: Urbanisme 2025/186 (G983). Procedimiento: URB Planeamiento urbanístico. Interesados: AJUNTAMENT DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR. Descripción:Modificación Puntual número 38 relativa a la inclusión de un sistema general hidráulico, un ELP y a la mejora del sistema viario en la zona de Cala Millor con generación de zona de aparcamiento.
Visto que el Ingeniero de Caminos Mateu Estrany Pieras ha redactado la modificación puntual de las Normas Subsidiarias núm. 38 (junio de 2026), consistente en la inclusión de un sistema general hidráulico y una mejora del viario en suelo rústico en la zona de Cala Millor (parcelas 120, 122, 124, 125, 126, 127, 128, 131, 132, 133, 134, 184, 187, 189 del polígono 1), se trata de reducir parcialmente la escorrentía de agua procedente de Na Penyal y de la zona rústica a su llegada a Cala Millor e introducir una mejora en el tráfico de la zona, incluyendo un nuevo vial que dé fluidez a la entrada y salida de esta zona costera. El sistema general de infraestructura de agua (parque fluvial) tendría una superficie de 9.482,26 m² y el sistema general viario tendría una superficie de 6.282,95 m². Junto con la modificación, el mismo Ingeniero de Caminos Mateu Estrany Pieras ha redactado estudio de movilidad y estudio económico.
Visto que los consultores ambientales Angel Pomar i Gomà y Clara Fuertes Salom han redactado evaluación ambiental estratégica simplificada (junio de 2026) de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias núm. 38. Visto que de conformidad con la Ley 12/2017, de Urbanismo de las Illes Balears se pueden tramitar y aprobar modificaciones de planeamiento aunque este planeamiento no esté adaptado a los instrumentos de ordenación territorial y al resto de normativa aprobada.
Visto que la modificación de las NNSS es de un evidente e indiscutible interés general ya que pretende mejorar la gestión de las aguas y reducir los efectos negativos de las escorrentías tanto en el núcleo urbano como en la playa, así como mejorar el tráfico de la zona costera. Y, en consecuencia, la modificación de las NNSS una prevención adecuada de los riesgos y peligros para la seguridad y la eliminación de perturbaciones de dicha seguridad, así como evitar la erosión de la playa y de los terrenos rústicos por la llegada incontrolada de la escorrentía, todo ello de acuerdo con el artículo 3.2 de la Ley 12/2017 de Urbanismo.
Visto el informe del asesor jurídico, con el visto bueno del secretario por todo ello, previo dictamen de la Comisión Informativa, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar inicialmente la modificación de las Normas Subsidiarias núm. 38 (junio 2026), redactada por el Ingeniero de Caminos Mateu Estrany Pieras, consistente en la inclusión de un sistema general hidráulico y una mejora del viario en suelo rústico en la zona de Cala Millor (parcelas 120, 122, 124, 125, 126, 127, 128, 131, 132, 133, 134, 184, 187, 189 del polígono 1), se trata de reducir parcialmente la escorrentía de agua procedente de Na Penyal y de la zona rústica a su llegada a Cala Millor e introducir una mejora en el tráfico de la zona, incluyendo un nuevo vial que dé fluidez a la entrada y salida de esta zona costera. También se aprueba inicialmente el estudio de movilidad y el estudio económico redactados por el mismo Ingeniero de Caminos Mateu Estrany Pieras. También aprobar inicialmente la evaluación ambiental estratégica simplificada (junio de 2026), redactada por los consultores ambientales Angel Pomar i Gomà y Clara Fuertes Salom.
Segundo. Someter esta aprobación al trámite de información pública por un plazo de 45 días, trámite que, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 12/2017 de Urbanismo, consistirá en la inserción de un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica del Ayuntamiento, en esta sede electrónica además del anuncio se insertará la documentación completa. Todas las personas que estén interesadas podrán consultar la documentación en horario de oficina (de 8h a las 14.30h), los días laborables (de lunes a viernes), en las dependencias municipales de urbanismo situadas en la Plaza del Ayuntamiento s/n, así como también, ejercer su derecho a presentar las alegaciones que consideren oportunas.
Tercero. Solicitar a la Comisión Balear de Medio Ambiente el inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada de esta modificación de las Normas Subsidiarias o su no sujeción a evaluación ambiental estratégica por no tener efectos significativos en el medio ambiente, y remitir la documentación para que proceda a la realización de los trámites ambientales correspondientes. Cuarto. Solicitar a la Comisión Insular de Urbanismo del Consejo Insular de Mallorca el informe en relación con esta modificación previsto en el artículo 55.3 de la Ley 12/2017 de Urbanismo.
Quinto. Solicitar al Instituto Balear de la Mujer un informe en relación con esta modificación de las Normas Subsidiarias, de acuerdo con el artículo 5.3 de la Ley 11/2016, de Igualdad de mujeres y hombres. Sexto. Solicitar a la Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua un informe en relación con esta modificación de las Normas Subsidiarias, de acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001).
Séptimo. Notificar el acuerdo de aprobación inicial individualmente al propietario que se vería afectado por la adquisición o expropiación de terrenos que implica esta modificación de las Normas Subsidiarias a fin de que puedan formular alegaciones en el plazo de 45 días. Sant Llorenç des Cardassar, fecha y firma electrónica al margen (18 de septiembre de 2026). El alcalde, Jaume Soler Pont.


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